Nueva Ley de Autónomos || Guía esquemática para no perderte

Publicado por | 28 junio, 2017 | Conductor Serio, Necesito Trabajo

Índice

NUEVA LEY DE AUTÓNOMOS

Se han dicho tantas cosas, se han nombrado aspectos que ya existían como nuevos, futuribles que nunca serán presente, y otros rifirafes políticos, que uno tiene las letras en pleno mareo dentro de su cabeza, sin llegar a saber que ha pasado al final.

En puertas de que salga del horno, vamos ha ordenar sus distintos aspectos, tratando de no marear mucho la perdiz.

DEDUCCIONES

1.- Deducciones por gastos de suministro:

SIEMPRE QUE SE TRABAJE EN CASA, el autónomo puede deducirse hasta un 20% de suministros como la luz, el agua, la telefonía, la electricidad…

2.- Deducciones por manutención:

Le puede venir bien a muchos, siendo como es “de cajón”, que el “menú del día” de uno, pueda ser desgravado. Eso sí, que nadie piense en un buen cochinillo. La deducción es hasta 12€ día, vamos, un par de bocatas, con límite de 3000€/año.

BASES DE COTIZACIÓN:

3.- Hasta 4 Modificaciones al año de la Base de Cotización.

Esta medida en realidad, poco recorrido tiene. Actualmente ya hay dos, lo que viene a aportar es un aumento de esos cambios. Pero la realidad es que lo que necesitaría muchas veces el autónomo es reducir a la mínima expresión su cuota en las épocas malas. Dado que muchos pagan el mínimo, la media para muchos, es pura gasta palabras.

4.- Cambios en la cotización del autónomo que forma parte de una sociedad.

En lugar de vincular sus cambios a la subida del salario mínimo interprofesional, como se venía haciendo hasta ahora, pasa a acordarse en vinculación con los Presupuestos Generales del Estado, tras diálogo con los interlocutores sectoriales. Un punto este poco detallado que habrá que ver en que queda.

5.- Devolución del exceso de cotización por Pluriactividad sin tener que solicitarla.

Hasta ahora, si un trabajador autónomo, estaba cotizando al mismo tiempo por el régimen de autónomos, y por el general, podía solicitar la devolución del exceso de cotizaciones. En la práctica, y debido a la maraña de supuestos a tener en cuenta, no se reclamaban. Ahora, ese exceso pasará a devolverse directamente sin necesidad de echar cuentas ni reclamarlo.

 

DESCUENTOS Y EXENCIONES

6.- Ampliación de la Tarifa Plana

No es la panacea, pero puede ser un alivio para algunos. Se amplia el periodo de 1/2 año a un año, pero… está por ver si tiene carácter retroactivo, es decir si para aquellos autónomos que están a punto de pasar a pagar de 50€ a 268€, van a tener “una bola extra de partido”.

7.- Reducción a 2 años el tiempo desde la última la última alta, para acogerse a la tarifa plana.

Por ahora, tenía que haber pasado nada menos que 5 años, desde la última vez que de diste de alta en RETA, para acogerse a la tarifa plana. Ahora pasan a ser 2 años. Bueno, aprieta pero no ahoga… es un decir.

8.- Tarifa plana de 50€ tras volver de la maternidad.

Aquellas mujer en RETA, que se incorporen desde el periodo de maternidad accederán a la tarifa plana bonificada de 50€.

9.- El 100% de exención en cuota RETA, por cuidado de menores y dependientes

Aquellos autónomos que tengan que estar al cuidado de menores o dependientes, tendrán la exención total de cuota durante un año.

 

FLEXIBILIDAD

10.-  Altas y bajas durante el año.

Esto viene a mejorar una situación, que era casi una “actividad delictiva” por parte de la Seguridad Social.  Hasta ahora si te dabas de alta un día 30 del mes, tenías que abonar la cotización de un mes entero. Sin embargo en estos casos, tras la aplicación de la nueva normativa, se pagara exclusivamente por el tiempo parcial dado de alta, tanto en lata como baja.

11.- Compatibilizar pensión con trabajo.. en mejores condiciones

El cobro de parte de la pensión, mientras el trabajador con más de 65 años sigue trabajando, ya existe. Y de hecho, el 85% de jubilados que lo hacen son autónomos. La medida, lo que viene a traer sobre la mesa, es la posibilidad de cobrar el 100%, y “hablandar” la exigencia de los 35 años para acceder a la medida.

12.- Reducción recargos pago cuota

Al final es medida, que partía como una “medida estrella, se ha quedado en “pequeña medida”. Actualmente si un autónomo no paga su cuota, tiene un recargo directo directo del 20% inicial, ahora pasará a ser del 10% el primer mes.

13.- Accidentes camino/de vuelta de Trabajo.

Esta medida, si encaja muy bien con el sector del transporte. Se trata de considerar lo que como baja laboral, aquella que sucede tras un accidente in-itenere.

 

FORMACIÓN

14.- Formación en riesgos laborales

Esta medida afecta a los autónomos que no tienen asalariados, ya que hasta ahora los que si tienen, estabában sometidos a las mismas obligaciones que cualquier empresa en este ámbito. Se preve un plan de formación en esta materia. Es esta otra medida, que está por desarrollar.

15.- Formación apropiada a cada sector del autónomo

De nuevo otra medida que podríamos calificar de “humo”, o de “buenas intenciones”. Sería el desarrollo de una fuente de formación adaptada a cada sector, similar al plan tripartita de los trabajadores. Veremos en que queda.

 

DISCAPACIDAD

16.- Ayudas para el emprendimiento para personas con discapacidad.

Se preven ayudas a aquellas personas con alguna discapacidad que quieran emprender, que se sumarían a las actuales bonificaciones en cuota de autónomos, (tarifa plana y reducción de bases superior a la mínima). Es esta otra medida sin contenido que se aprobará, pero está por desarrollar.

17.- Contratación familiares con Discapacidad

Actualmente para poder contratar un familiar con discapacidad, (Con una relación laboral, no mercantil), debían darse condiciones muy concretas de gran discapacidad y convivencia, que dejaban fuera a la mayoría de familiares con discapacidad, además de poder se solo 1. Con esta medida, se supone se ampliará mucho más tanto en supuestos como en número.

 

ORGANIZACIONES

18.- Organizaciones de autónomos pasan a tener el estatus de “Utilidad pública”.

Aquellas organizaciones más representativas de los diversos sectores, pasarían a tener el estatus citado, con las consiguientes beneficios en forma de exenciones en IVA, IBI, etc.

19.- Mayor autoridad participativa  a la figura del Autónomo

Otra que no deja ver mucho más allá del humo. Se trataría de un compromiso para ofrecerle un mayor protagonismo y decisión a los representantes de los autónomos, en los distintos grupos de debate sociales y económicos.

20.- CES y constitución del  Consejo del Trabajo autónomo

Estas son cosas que al autónomo de a pie le suenan, no se si a cuento, pero si a chino, pero bueno. Se establece un plazo de un año para la inclusión en la Confederación Europe de Sindicatos, así como la creación de un Consejo del Trabajo Autónomo.

 

Bien, hasta aquí las medidas que en un principio, van a ser aprobadas. Y ahora entramos de lleno en aquello del “vaso medio lleno, o medio vacío”. Si miramos estas medidas y la disposición hacia la mejora, desde el absoluto abandona al que se ha sometido al trabajador autónomo desde siempre, es este un momento excepcional en lo positivo. Si miramos desde el prisma de “Las ilusiones” que nos había hecho forjarnos, con los distintos cacareos en el gallinero parlamentario, tal vez nos quedemos un poco choff. Vamos a ver las medidas que nos generaban ilusión, y no han podido ser por el momento, tratando de enfocarnos en positivo para la “victoria” en un siguiente “partido”.

LO QUE NOS PARECÍA IMPORTANTE, Y NO SE HARÁ (Por el momento).

21.- Cotizar en base a ingresos.

Esta era una medida estrella, que siempre sale a colación cuando se establecen “quejas de café”. El que dejen las personas “se busquen la vida” con lo que saben hacer, y paguen conforme ganen. Se hablaba de que no se cotizara hasta llegar al salario mínimo, y después en progresión a ganancias hasta llegar a un tope. No era mala medida, porque de hecho, en su primer término, ya se hace con ciertas ambigüedades, especialmente por parte de la seguridad social. Pero… otra vez será.

22.- Reducción del recargo por impago de cuota de manera flexible y escalonada.

En principio se aprobó algo más amable con el autónomo en apuros, comenzar con un 3% el primer mes, 5% el segundo, 7% el tercero, 10% el cuarto, y pasar a 20% al 5º.Finalmente se hizo tan solo un cambio simbólico. ¿Algún día se darán cuenta de que la peor manera para que un autónomo honesto (Como es la mayoría) en apuros pague, es asfixiarle?

23.- Igualar la protección social de autónomos con los trabajadores de régimen general.

Aquí se estuvo hablando tantas cosas que es imposible sintetizarlo, y algunas medidas de las que se van a regular, acercan un poco, pero se está todavía muy lejos de esa protección. Quizás todavía nos e ha comprendido, que la mayor parte de la masa de autónomos, genera auto empleo, y está muy lejos de la figura de “empresario de corbata”, donde históricamente parecen querer situarle.

24.- Cuotas diferentes para autónomos a tiempo parcial.

Otra medida con una lógica aplastante, y que además encajaba perfectamente con un perfil de autónomo que pertenece al sector de las mujeres emprendedoras, que tanta faltan hacen (Extraña que no haya habido más presión desde las organizaciones feministas, con toda la fuerza que se vienen haciendo en el ámbito de trabajadoras por cuenta ajena). Queda para el olvido, o una mejor disposición.

25.- Prestación de por desempleo que se acerque a la protección del trabajador por cuenta ajena

La actual y relativamente reciente prestación por desempleo del autónomo (Que puede pagar esa base), es casi un mal chiste. Prácticamente tienes que estar viviendo en un comedor social para tener derecho a una ayuda paupérrima. Se hablo sobre ello, y se comenzó a entrar en las dificultades que ofrece, subidas mayores de base etc. Al final se avanzó muy poco.

Y aquí termina esta guía, que esperamos te sirvan para clarificar el caudal de información y cambios que ha habido durante estos meses. 

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